jueves, 24 de octubre de 2013

No salgas con escote


“Anda a lavar ropa nomás”, “mamacita qué buen trasero”, “eres mujer, dedícate a tu casa”,  “Mi amor, con esa falda me vuelves loco”. Estas y muchas otras frases las escuchamos cotidianamente  en las calles, en las casas, en los centros laborales, en todos lados, y hasta son incentivadas por los medios de comunicación. Basta ver el ejemplo que dan los programas que se dicen cómicos o hasta algunas series nacionales en las cuales el machismo, la homofobia y el racismo son parte  natural de sus guiones.

Si bien en el Perú contamos con una “Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual”, ley 27492, esta contempla sólo cuatro espacios de competencia: Centros de trabajo, centros de estudio, instituciones policiales y militares y por ultimo a otros tipos de relación laboral existentes en el Perú. Como se puede apreciar la calle no está dentro del marco de dicha ley. Por su parte, en el Código Penal tenemos el artículo 183 que sin ser específico para el acoso y/u hostigamiento callejero, castiga con pena privativa de la libertad a aquellas personas que en lugares públicos realicen gestos, tocamiento o algún otra conducta de índole obscena. Como se observa, los mal llamados “piropos”, los “sireos”, y más no son parte de los delitos punibles.

¿Cuántas veces más tendremos que escuchar a delincuentes que intentan justificar tocamientos indebidos y hasta violaciones diciendo “ella sonreía mucho”, “pero para qué sale con ese escote”?  ¿Hasta cuándo tendremos un estereotipo de “mujer buena”?  ¿Por qué cada quién no debería vestirse como se sienta más cómodo o cómoda? Creo que las respuestas no pasan ya por un marco normativo que siga penalizando pero que muchas veces o no es conocido o no es aplicado, creo que lo que debemos hacer es esforzarnos por crear conciencia, por sensibilizar. Debemos exigir que desde el colegio, y mediante una adecuada orientación y educación, los patrones sociales que incitan a estos problemas sean superados. Debemos alentar sanciones sociales contra aquellos  y aquellas que incitan y/o difunden como algo “normal” el acoso, sean personas, instituciones o medios.

Porque no debemos de dejar de creer que es posible, que el cambio, poco a poco, puede darse.

lunes, 7 de octubre de 2013

Aborto terapéutico, otra promesa incumplida



Cuando se habla de aborto, gran parte de la población tiene reacciones como el susto, el rechazo o la condena.  Recuerdo que guardé por varios años un folleto que una profesora en sexto de primaria me entregó, como a todos los alumnos,  sobre el aborto. Este folleto venía acompañado de texto y de muchas imágenes y bocetos que dejaban a aquellas personas que abortaban, y a las que realizaban el aborto, no sólo como asesinos y asesinas, sino como criminales mundiales.

En el Perú, desde el año 1924 a través del Código Penal, están penalizadas todas las formas de aborto menos el de tipo terapéutico. El artículo 119 del Código Penal define el aborto terapéutico como el “Aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer embarazada  o de su representante legal, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente”. De este modo se garantiza la vida de la mujer cuando se dé el caso.  Sin embargo, en el Perú no existe un Protocolo para dicho tipo de aborto, lo cual impide su aplicación en todos los hospitales, clínicas o cualquier otro centro de salud que tuviese las condiciones para realizarlo. Sólo entre el 2005 y el 2010 se registraron cerca de 1000 embarazos donde se presentaron casos de fetos anencefálicos y  otras malformaciones incompatibles con la vida y en los que no se aplicó el aborto terapéutico justamente por la falta de un protocolo, según Informe de Human Rights Watch (2010). ¿Cuántos otros casos no registrados ha habido en el Perú entre esos años y/o al día de hoy?

La aprobación del protocolo para el aborto terapéutico es una de las propuestas del plan de gobierno original del  presidente Ollanta Humala y en la campaña electoral  fue para él una prioridad. Pese a eso no se vislumbra el mínimo interés en implementarlo e incluso en el “Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017” aprobado por el Ministerios de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) su aprobación es puesta como meta recién para el año 2017, a pesar de que el actual periodo de gobierno es sólo hasta el 2016.  Otra promesa  incumplida por el actual  gobierno.

Un caso emblemático es el de KL, adolescente a quien se le negó el acceso al aborto terapéutico y fue obligada a llevar el feto anencefálico en su vientre hasta que nació y murió a las pocas horas. Este caso obtuvo una resolución favorable del Comité de Derechos Humanos, la primera dictada sobre un asunto de aborto en el sistema internacional de derechos humanos. Esta misma resolución fue incumplida por el anterior gobierno y  es ignorada por el actual, ahora con la figura de implementarlo, pero fuera del periodo que le corresponde.

La falta de voluntad  política, la presión que ejercen grupos religiosos, medios de comunicación y políticos conservadores, ha evitado e intenta seguir evitando la puesta en marcha y aprobación de un Protocolo para el Aborto Terapéutico. De esta manera, el actual gobierno evade su  responsabilidad por temor a las opiniones de los sectores mencionados, olvidando que es un derecho con carácter legal contemplado en el Código Penal y que, de aprobarse podría salvar y resguardar la salud física y mental de miles de mujeres que podrían acceder a una intervención en condiciones óptimas de salud y seguridad.