viernes, 13 de noviembre de 2015

La sanción a Abugattas: El Congreso incumpliendo las normas y "blindando" agresores



La Ley impide que una mujer embarazada sea despedida de su trabajo, a pesar de eso, el congresista Wilder Ruiz lo hizo con una trabajadora de su despacho, la señora Daniela Silva, quien denunció el hecho. La señora Silva recibió el respaldo de la presidenta del Congreso, Ana María Solórzano, quien la contrató para trabajar en el Congreso nuevamente.

La Comisión de Ética, ante la denuncia, aprobó, por mayoría recomendar al pleno del Congreso la suspensión por 120 días del congresista Wilder Ruiz por despedir a la señora Silva, a pesar de saber que estaba embarazada.

El día de hoy la acusación pasó al Pleno del Congreso. Después de la lectura del informe de la Comisión de Ética, el legislador Wilder Ruiz solicitó al presidente del Congreso, el señor Luis Iberico, pasar a una sesión secreta dado que abordaría temas relacionados con la intimidad de algunas personas. El presidente del Congreso declaró entonces que el Pleno entraba a una sesión secreta. Primer error ¿Qué dice el Reglamento del Congreso de la Republica? En su artículo 51, sexto párrafo dice “el Presidente del Congreso puede ordenar que se pase a sesión secreta, para tratar temas que puedan afectar los asuntos de seguridad nacional y orden interno que lo requieran”. Para estas sesiones, el desarrollo y conclusiones no son dados a conocer al público pero ¿podía entonces ser una sesión secreta la de hoy? La respuesta evidente es que no.

Quizá el Presidente del Congreso lo que quiso es declarar que la sesión era reservada, aunque la confusión de tipos desde la presidencia deja mucho que comentar. Según el Manual del Parlamento de César Delgado-Guembes, son sesiones reservadas las que la deliberación es llevada a cabo en secreto, pero cuyas conclusiones sí son hechas públicas y que ha sido una práctica común que las sanciones de carácter disciplinario tengan carácter reservado, lo que no es para asumir una actitud contraria a la transparencia de tal modo que si bien la sesión se lleva a cabo sin presencia del público sí se da a conocer lo que se sesionó. El Presidente del Congreso también puede declarar este tipo de sesión. Si bien este tipo de sesiones no está estipulada en el Reglamento, ha sido práctica llevarlas a cabo, lo que ha generado “Costumbre”, que es llamada también Derecho Consuetudinario o ley no escrita.

Las sesión del Pleno,  supuestamente secreta, en votación decidió no sancionar al congresista Wilder Ruiz, el congresista Abugattas molesto por la situación, transmitió en vivo el final de la votación para hacer público el vergonzoso “blindaje” a un congresista que había violado la ley. El Presidente el Congreso, Luis Iberico,  pidió al congresista Abugattas que deje de hacerlo pero aparentemente continuó algunos minuto más.

Si bien el artículo 61° inciso b) del Reglamento permite, luego de un proceso puntualmente estipulado, que la Mesa Directiva proponga al Pleno, según la gravedad de la falta, la sanción de suspensión a un congresista, aparentemente ese proceso no se cumplió tal cual manda dicho  reglamento. Un error más. El error se configura en el proceso previo a pedir su sanción, ya que por lo comentado por Iberico, la Mesa Directiva propuso la sanción a la Junta de portavoces, quienes según el artículo 31-A  se encarga de agregar dicho debate a la agenda parlamentaria.

La propuesta de sanción fue llevada al Pleno y si bien una sanción puede ser de entre tres y ciento veinte días, se propuso la máxima y fue impuesta por mayoría en un acto que más parecía una suerte de venganza política del fujimorismo y el aprismo aliados, cuando no, con el PPC, contra un congresista que nunca se ha quedado callado ante ellos(as).

El Congreso no cumplió el “Principio de Legalidad”, mediante el cual todo ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente, su jurisdicción o su jurisprudencia y no en base a la interpretación de personas, así se sea el presidente del Congreso.  Entonces, una sesión mal llamada secreta, una sanción que aparentemente no cumplió los trámites internos adecuados y que menos aún tuvo un proceso de defensa mínimamente esperado. Un Congreso que sigue quedando mal ante la opinión pública, un Congreso que deja sin sanción al que despide una mujer embarazada y que sanciona al que, mal o no, hacer público quienes defendieron al abusador. 

¿Qué toca ahora? Creo que Abugattas debería presentar una Acción de Amparo ya que en un Estado Constitucional todo procedimiento parlamentario debe respetar los principios del debido proceso. Ya existen precedentes al respecto, recordemos la sanción impuesta a Diez Canseco y que el Poder Judicial anulo por ser injusta, después de que en vida él presentara una acción de dicho tipo. 

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